La Dra. Adriana Villani, Secretaria Electoral del Tribunal Electoral Provincial, informó hoy a los medios sobre las alianzas que se presentaron para los comicios del 30 de julio y sobre las resoluciones del TEP en dos recursos por internas partidarias.
La secretaria del TEP brindó una conferencia de prensa este viernes por la mañana y detalló cuales son las alianzas que se presentaron ante el vencimiento del plazo previsto por cronograma electoral, en tanto que explicó lo resuelto por el Tribunal Electoral en dos de las presentaciones efectuadas por distintas fuerzas política de cara a las internas que dirimirán este próximo domingo.
Además, informó que el 10 de junio es la fecha límite para que los partidos presenten sus listas y sean oficializadas por las juntas electorales.
Las alianzas presentadas son: Alianza Juntos Por el Cambio Chubut, Alianza Frente Arriba Chubut, Alianza Por La Libertad Independiente Chubutense y Frente de Izquierda y de Trabajadores – Unidad (FIT-U).
Una por una
En el caso de la Alianza Juntos por el Cambio Chubut, está integrada por los partidos Unión Cívica Radical (UCR) y el PRO Propuesta Republicana Chubut y cuenta con la adhesión de los partidos Unión Vecinal Para la Victoria de El Maitén, CONFIAR, ABBANCE Esquel, Rawson Primero Entre Todos, Propuesta Rawsense, Movimiento Juntos por Rawson (MO.JU.RA), Unión Vecinal Buenos Vientos, y Accionar Rawson.
La Alianza Frente Arriba Chubut, está integrada por el Partido Justicialista (PJ), Frente Renovador, Partido de la Victoria, Partido Socialista Auténtico, Primero Chubut, Chubut Somos Todos, Por la Cultura la Educación y el Trabajo, junto al Partido Municipal Nuevo Encuentro de El Hoyo, y cuenta con la adhesión del Partido del Trabajo y el Pueblo.
En cuanto a la Alianza Por La Libertad Independiente Chubutense (PLICH), está formada por los partidos Ciudadanos por Chubut y Partido Independiente del Chubut (PICH), mientras que la Alianza Frente de Izquierda y de Trabajadores – Unidad (FIT-U) integrada por el partido Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST) y el Partido Obrero.
Resoluciones del TEP
Villani recordó que la próxima fecha importante del cronograma electoral es el 10 de junio cuando se da por vencido el plazo para la presentación de listas de candidatos y por ese motivo, varias de las fuerzas políticas que desean intervenir en el proceso electoral de fines de julio deben realizar este fin de semana sus internas partidarias.
En ese sentido, explicó que los integrantes del TEP se reunieron el jueves para resolver, entre otras presentaciones, dos recursos vinculados a la Alianza Juntos por el Cambio, de los cuales uno corresponde a la ciudad de Comodoro Rivadavia y el restante a Esquel, ambos con idéntico cuestionamiento respecto “de una exigencia particular de avales según una cláusula de la Alianza que fue cuestionada por algunas listas del partido Unión Cívica Radical respecto de lo que la junta electoral les exigía para presentarse a internas”.
En el caso de Comodoro Rivadavia, la Secretaria del TEP informó que se siguió un criterio similar al utilizado en su momento en el marco de las elecciones internas de esa misma Alianza en Trelew y es que “en los casos de los municipios que tienen Carta Orgánica, como es Comodoro y también lo fue en Trelew, el TEP respeta las autonomías municipales y se declara incompetente”
“En el caso de Esquel se resolvió la cuestión se sometió a discusión y se resolvió en el sentido de permitir y hacer saber a la Junta Electoral de la Alianza que debe permitir la presentación de la lista “Esquel Gana” que era la que cuestionaba el pedido de avales” expresó Villani y agregó que el fundamento para tal resolución se vincula con principios reconocidos por las Convenciones Internacionales de “respeto al principio de libre participación y el principio de igualdad”, como así también los criterios que ese aspecto ha fijado la Cámara Nacional Electoral.
En ese contexto indicó que “entendíamos que la cláusula, efectivamente como lo planteó el impugnante o la lista impugnante, tenía algún trato discriminatorio para algunas localidades porque establecía determinada cantidad de avales, en un cuadro que entendemos arbitrario y para otras un porcentaje. El TEP entendió que el trato era discriminatorio para las listas o partidos que componen la Alianza, vulnerando el derecho de igualdad”.
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